El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó este lunes un nuevo reglamento destinado a regular el registro y la desafiliación de miembros de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, con el objetivo de eliminar las afiliaciones sin consentimiento y los dobles registros en los padrones.
La normativa, adoptada en cumplimiento de la Ley 33-18, establece que las organizaciones políticas deberán depositar sus listas de afiliados ante la JCE a partir del 1 de agosto de 2026. En años electorales, el plazo se abrirá el 1 de noviembre y cerrará el 30 de abril del año correspondiente.
El reglamento dispone que los padrones serán depurados por las direcciones de Informática y de Partidos de la JCE, y solo serán válidos los ciudadanos inscritos en una sola organización. Quienes figuren en más de un partido serán declarados en estatus “inactivo”.
En caso de que un ciudadano desee apelar esa condición, deberá acudir ante la JCE con sus credenciales, registrar sus datos biométricos y presentar la documentación que respalde su afiliación conforme a los requisitos de la organización política.
Asimismo, si una persona se inscribe en un partido estando ya registrada en otro, será colocada como inactiva hasta que regularice su situación. Igual medida aplicará cuando, al intentar un nuevo registro con el número de cédula, el sistema indique que ya figura en otro padrón.
El reglamento también establece que las renuncias deberán notificarse por escrito al partido correspondiente, el cual tendrá un plazo de 30 días para procesar la desafiliación en la plataforma digital, adjuntando copia del documento recibido.
Cada organización podrá desarrollar su propia plataforma digital de afiliación, siempre que sea compatible con la de la JCE, o utilizar directamente la del órgano electoral a través de la Dirección de Partidos, designando un administrador responsable del sistema.



