El Procurador General de la República, Jean Alain Rodríguez, calificó como una inadmisible práctica el hecho de que la mujer que va a denunciar un caso de violencia sea utilizada para ella misma hacerle llegar a su agresor la citación correspondiente, cuando es un personal del Ministerio Público que debe realizar ese tipo de trámites.
En ese sentido, prohibió terminantemente a los miembros del Ministerio Público enviar con las citaciones y cualquier otro tipo de documentos a los agresores con las víctimas de violencia de género, incluyendo órdenes de protección, de arrestos y de conducencia, cuya diligencia es responsabilidad exclusiva del procurador fiscal de cada jurisdicción.
Rodríguez dijo que la disposición fue adoptada en virtud de quejas de ciudadanos sobre tal aberración, que va en contra de los protocolos establecidos por la institución para el manejo de estos casos.
Las instrucciones fueron dadas mediante una circular dirigida a los procuradores generales adjuntos, procuradores generales de cortes de apelación y los titulares de las procuradurías especializadas, así como a los fiscales titulares, procuradores fiscales, fiscalizadores, y a los directores de las distintas unidades de atención a víctimas de violencia de género que funcionan a nivel nacional.
Manifestó que una mujer víctima de violencia de género que tiene la disposición y valentía de denunciar a su agresor, se le aumenta más el riesgo poniéndole a su cargo llevar las referidas solicitudes.
"Instruimos descontinuar la práctica incorrecta de utilizar a la víctima para realizar mensajería, lo cual la re-victimiza y la pone en mayor riesgo”, expresó el jefe del Ministerio Público.
Señaló que cada representante del Ministerio Público debe procurar tramitar las indicadas diligencias por sus propios medios, a través de alguaciles, mensajeros y hasta personalmente, si fuese necesario, pero, nunca a través de una mujer denunciante de violencia en su contra.
Indicó que es una prioridad la ejecución de acciones concretas e inmediatas, dirigidas a la atención, prevención y persecución de quien violente los derechos de una mujer, con el propósito de revertir los indicadores negativos que han convertido la violencia de género en la principal causa de muerte violenta de la mujer dominicana.
Aclaró que el Ministerio Público, tal y como lo expresa la Constitución dominicana y la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11, es el garante de proteger el derecho tutelado más importante, como lo es la vida, en este caso de las mujeres, por lo que de manera inmediata apelo a su atención a la presente instrucción, pues la prevención de este tipo penal es responsabilidad de todos. fuente -listindiario.com
En ese sentido, prohibió terminantemente a los miembros del Ministerio Público enviar con las citaciones y cualquier otro tipo de documentos a los agresores con las víctimas de violencia de género, incluyendo órdenes de protección, de arrestos y de conducencia, cuya diligencia es responsabilidad exclusiva del procurador fiscal de cada jurisdicción.
Rodríguez dijo que la disposición fue adoptada en virtud de quejas de ciudadanos sobre tal aberración, que va en contra de los protocolos establecidos por la institución para el manejo de estos casos.
Las instrucciones fueron dadas mediante una circular dirigida a los procuradores generales adjuntos, procuradores generales de cortes de apelación y los titulares de las procuradurías especializadas, así como a los fiscales titulares, procuradores fiscales, fiscalizadores, y a los directores de las distintas unidades de atención a víctimas de violencia de género que funcionan a nivel nacional.
Manifestó que una mujer víctima de violencia de género que tiene la disposición y valentía de denunciar a su agresor, se le aumenta más el riesgo poniéndole a su cargo llevar las referidas solicitudes.
"Instruimos descontinuar la práctica incorrecta de utilizar a la víctima para realizar mensajería, lo cual la re-victimiza y la pone en mayor riesgo”, expresó el jefe del Ministerio Público.
Señaló que cada representante del Ministerio Público debe procurar tramitar las indicadas diligencias por sus propios medios, a través de alguaciles, mensajeros y hasta personalmente, si fuese necesario, pero, nunca a través de una mujer denunciante de violencia en su contra.
Indicó que es una prioridad la ejecución de acciones concretas e inmediatas, dirigidas a la atención, prevención y persecución de quien violente los derechos de una mujer, con el propósito de revertir los indicadores negativos que han convertido la violencia de género en la principal causa de muerte violenta de la mujer dominicana.
Aclaró que el Ministerio Público, tal y como lo expresa la Constitución dominicana y la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11, es el garante de proteger el derecho tutelado más importante, como lo es la vida, en este caso de las mujeres, por lo que de manera inmediata apelo a su atención a la presente instrucción, pues la prevención de este tipo penal es responsabilidad de todos. fuente -listindiario.com