por: Ramón Cruz Benzán
El magistrado exoneró de responsabilidad penal además de Bautista a Soraida Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura, Carlos Manuel Ozorio, Bienvenido Apolinar Bretón y Grisel Aracelis Soler.
Asimismo el magistrado en su sentencia de 620 páginas rechazó dictar prisión preventiva en contra del grupo, por considerar que tiene suficiente arraigo.
El magistrado ordenó el levantamiento a la traba de los bienes del senador Bautista y los otros imputados.
Alega que se pudo comprobar que la decisión de archivo definitivo emitida en el año 2012 por la propia Procuraduría General de la República contiene los mismos hechos que se le imputan en la actualidad.
Sostiene que para una acusación ser exitosa se requiere que el acusador sustente en pruebas lícitas obtenidas conforme a la ley y la Constitución, y que esas pruebas sean suficientes para demostrar en los tribunales los hechos que se imputan.
Señala que en este caso el ministerio público reunió varias pruebas, muchas de ellas en violación a la ley, tal es el caso de los informes financieros, ocho de los cuales fueron requeridos a la Superintendencia de Bancos sin autorización judicial y dos fueron obtenidos mediante autorización de jueces incompetentes.
Asimismo el magistrado dijo que produjeron informes periciales sobre la sociedad de los inmuebles y las cuentas, violando los procedimientos para designar peritos y que por igual se pretendió introducir interrogatorios previos, en violación al principio de oralidad que rige el juicio pretendido. fuente-listindiario.com